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Abogados de Familia Mar del Plata Divorcios 0223-155458788
ESTUDIO JURIDICO DRA. PAULA TRASSENS SGO DEL ESTERO 2151
25 de Septiembre, 2012 · ABOGADOS DE FAMILIA MAR DEL PLATA

Quienes pueden iniciar una sucesion en Argentina? Abogados Mar del Plata Familia Sucesiones Herencias

¿Quiénes pueden iniciar la sucesión?

Los herederos:

Herederos Legítimos: Son establecidos por la ley, los hijos (descendientes), padres (ascendientes), cónyuge y los parientes colaterales del causante hasta el cuarto grado,  hermanos, sobrinos, tíos y primos.-
La ley nos marca  un orden de prelación excluyente, esto quiere decir que la existencia de un heredero desplaza a otro de grado de prelación inferior. Los hijos del fallecido, desplazan a  los padres. los padres del muerto desplazan a hermanos primos etc

Herederos Forzosos: Aqui encontramos aquellos herederos  que gozan de lo que la ley llama  “la legitima” esto significa que una porcion determinada de los bienes del fallecido, y salvo por causales de deshederacion o indignidad :no pueden ser privados de esa parte ni siquiera por la voluntad el causante. Los herederos colaterales son herederos legítimos pero no forzosos. Estos si pueden ser privados de los bienes si existen herederos testamentarios.

Herederos testamentarios: Son aquellos instituidos por el muerto en  un testamento. Solo validos si no violan las porciones legitimas de los herederos del fallecido. En caso de dejar de lado la legitima de ley solamente tienen validez en elporcentaje disponible.


Los acreedores:

Cualquier  acreedor del causante que pueda demostrar lque sus créditos, son verdaderos  tiene el derecho a iniciar la sucesión de su deudor, con el fin de cobrar su crédito con los bienes dejados.Previamente tiene que intimar a los herederos en forma fehaciente.

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publicado por trassens a las 22:56 · Sin comentarios  ·  Recomendar
 
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